A continuación se recoge una comunicación de la Junta Electoral Central sobre diferentes particulares de las elecciones:
En la distribución de papeletas y sobres -tanto de votación como de voto por correo- se ha optado por poner a disposición de cada Delegado de la Junta un número superior al de electores incluidos en las listas. En todo caso, cualquier defecto o insuficiencia que se observe deberá ser inmediatamente comunicada a esta Junta Electoral Central para procurar su subsanación. Los modelos de actas y demás documentos electorales serán suministrados en formato electrónico la semana previa a la votación.
Con objeto de anticipar el curso del proceso electoral durante este tramo final y resolver cuestiones comunes planteadas ante esta Junta, sin perjuicio de la resolución individualizada de cada supuesto planteado, es oportuno además exponer los siguientes criterios respecto a distintos temas:
Influencia de la resolución del concurso de traslado en las listas electorales.
Conforme a lo previsto en la Instrucción octava, las modificaciones sobrevenidas en las listas electorales deberán ser instadas personalmente por los interesados. Por tanto, no se modificarán de oficio las listas electorales, debiendo los Delegados complementarlas con las altas, bajas y modificaciones que se autoricen por esta Junta.
Composición de las mesas electorales.
Pese a que las instrucciones determinan que el nombramiento de los miembros de las mesas puede realizarse hasta el quinto día anterior a la votación, las más elementales normas de prudencia, junto al considerable volumen de consultas planteadas al respecto, aconseja anticipar esta designación y la resolución de las posibles excusas. Por ello, la semana que viene se comunicarán todas las designaciones, teniendo en cuenta las comunicaciones ya anticipadas sobre excusas y bajas.
Una vez firmes las designaciones, no se admitirán nuevas modificaciones por la incorporación de otros Secretarios Judiciales a las listas de electores provinciales. En el caso de bajas temporales de aquellos a quienes corresponda ser designados con carácter previo a quienes finalmente resulten serlo, recuperarán su condición de Presidente o Vocal en caso de incorporarse nuevamente al servicio antes del día de la votación.
Acceso de las candidaturas a la lista de electores.
Las listas de electores serán facilitadas a las tres candidaturas presentadas con carácter previo al inicio de los actos de propaganda electoral.
Voto por correo.
Conforme a la Instrucción 26ª, será admitida toda petición de voto por correo que permita tener constancia de la misma. Se entiende que la comunicación por fax, o por correo electrónico, siempre que en ambos casos se acompañe fotocopia del DNI, son medios válidos a estos efectos.